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Impuestos y obligaciones fiscales del alquiler turístico

Cómo tributa un alquiler turístico en España: IRPF, deducción de gastos, IVA, modelo 179 y qué cambia según se declare como capital inmobiliario o actividad económica.

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Un alquiler turístico tributa en el IRPF, pero cómo tributa cambia el resultado de forma notable. Si se declara como rendimiento de capital inmobiliario, se aplica un porcentaje fijo de gastos deducibles. Si se declara como actividad económica —que suele ser lo correcto cuando hay servicios de hostelería, personal contratado o una estructura organizada— se deducen los gastos reales, lo que normalmente conviene más pero exige contabilidad ordenada.

Esta página no sustituye a un asesor fiscal y no pretende hacerlo. Lo que sí hace es darte el mapa de obligaciones para que puedas tener una conversación útil con el tuyo, y para que sepas qué documentos tienes que ir guardando desde la primera reserva. El error caro casi nunca es la tarifa: es llegar a la declaración sin las facturas de limpieza y suministros.

Datos concretos, sin letra pequeña

IRPF · rendimiento de capital inmobiliarioreducción fija sobre ingresos
IRPF · actividad económicagastos reales deducibles
IVAexento en alquiler de vivienda sin servicios de hostelería
Modelo 179 · información de estanciasobligatorio
Documentación a conservar4 años

Cómo trabajamos

Preguntas frecuentes

¿Pago IVA por alquilar mi apartamento a turistas?
El alquiler de vivienda sin servicios propios de hostelería está exento de IVA. La línea es fina y depende de si se ofrecen servicios como limpieza diaria, ropa de cama cambiada a diario o recepción, que pueden convertir la operación en algo distinto. Como la interpretación afecta al resultado, conviene confirmarlo con un asesor revisando qué servicios se prestan realmente, no lo que dice el anuncio.
¿Puedo deducir la limpieza y los suministros?
Si declaras como actividad económica, sí: limpieza entre huéspedes, lavandería, suministros, mantenimiento, comisión de gestión, seguro y amortización. Si declaras como capital inmobiliario, se aplica una reducción fija que simplifica el cálculo pero puede no reflejar tus gastos reales. En viviendas con ocupación alta y gastos elevados, la diferencia entre un régimen y otro puede ser de miles de euros anuales.
¿Qué es el modelo 179 y quién lo presenta?
Es la declaración informativa de operaciones con alquiler de vivienda con fines turísticos. La presentan quienes intermedian en el alquiler, es decir, las plataformas y las agencias. Si autogestionas y anuncias directamente, la obligación recae en la plataforma que intermedia; si trabajas con una agencia, es la agencia quien informa. Aun así, el dato acaba cruzado con tu IRPF, así que la coherencia entre lo que declara la plataforma y lo que declaras tú es importante.
¿Tengo que guardar todas las facturas?
Sí, y durante cuatro años. En la práctica, el gasto que más problemas da es el pequeño y recurrente: lavandería, productos de limpieza, reparaciones menores pagadas en efectivo. Todo eso debe estar facturado a nombre del titular de la actividad. Un gasto sin factura no es deducible, y en una vivienda vacacional esos gastos pequeños suman varios miles de euros al año.
¿El alquiler de larga estancia tributa igual?
No. Una estancia de meses deja de ser turística y pasa a ser arrendamiento de vivienda, con un régimen distinto y, en el caso del arrendador, con la obligación de declarar los rendimientos como capital inmobiliario con sus propias reglas de reducción. Muchos propietarios mezclan ambos regímenes en el mismo año sin separarlos contablemente, lo que complica la declaración y puede generar requerimientos.

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